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Sindicato de Prensa exige “derogar, no reformar” la Ley contra el Odio en Venezuela

El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa rechaza la propuesta de reforma de la Ley contra el Odio, advirtiendo que su despenalización no es suficiente mientras se mantengan mecanismos de censura.

La libertad de expresión en Venezuela sigue enfrentando desafíos significativos. El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP) se pronunció enérgicamente tras el anuncio de la presidenta encargada, Delcy Rodríguez, sobre su solicitud a la Asamblea Nacional para modificar la Ley contra el Odio. En un comunicado difundido en sus redes sociales, el sindicato dejó claro que la simple despenalización de esta ley no es suficiente

Según el SNTP, si bien la eliminación de las penas de prisión representa un avance notable, el mantenimiento de sanciones que permiten el cierre de emisoras, el bloqueo de portales y la orden de retirar contenidos, perpetúa mecanismos de censura que afectan a periodistas y medios de comunicación. «Despenalizar no puede significar simplemente eliminar las penas de prisión y conservar el resto de su estructura restrictiva», enfatizó el sindicato.

La propuesta de reforma parcial presentada por Rodríguez, aunque reconoce la necesidad de cambiar una ley que ha sido cuestionada desde su aprobación por su impacto negativo en derechos fundamentales, debe ir más allá. El SNTP sostiene que esta revisión es una reivindicación que ha sido exigida por periodistas, organizaciones de la sociedad civil y defensores de derechos humanos desde 2017, y recoge planteamientos que han sido discutidos en mesas de diálogo con la oposición.

El sindicato menciona que el artículo 20 de la ley, que establece penas de 10 a 20 años de prisión por promoción o incitación al odio, debe ser eliminado o modificado sustancialmente. La existencia de tales sanciones permite que expresiones protegidas por la Constitución sean criminalizadas bajo conceptos amplios y sujetos a interpretaciones discrecionales.

Además, el artículo 22 también debe ser objeto de revisión. Esta disposición permite revocar la concesión de emisoras de radio o televisión y establece multas de entre 50.000 y 100.000 unidades tributarias para medios electrónicos y redes sociales que no retiren contenidos en seis horas. Aunque no son penas de cárcel, las consecuencias para la libertad de expresión son igualmente graves: revocar una concesión saca una emisora del aire y bloquear un portal impide que un medio llegue a su audiencia.

El SNTP advierte que, mientras la Ley contra el Odio permanezca vigente, cualquier reforma debe desmontar tanto la criminalización como los mecanismos administrativos que permiten censurar, bloquear o sacar medios del aire. La lucha por la libertad de expresión en Venezuela continúa, y el sindicato no se detendrá en su exigencia de derogación total de esta ley opresiva.