LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE PROFESIONALES DE LA ENFERMERÍA Y COMITE ASESOR DEL ESTADO ZULIA
SE PRONUNCIA PÚBLICAMENTE!!!
Ante el aumento de sueldos y salarios del Estado Venezolano, para los Empleados Públicos, entre ellos «ENFERMERÍA».
La Junta Directiva del Colegio de Profesionales de la Enfermería del Estado Zulia, asumiendo como le corresponde en la defensa de los derechos laborales de las Enfermeras (os) adscritos a esta Institución gremial, manifiesta su rechazo a la decisión del Ejecutivo Nacional, de ajustar el salario en un 50% a los Profesionales de la Enfermería del país, lo que no representa ningún beneficio para satisfacer las necesidades básicas de un trabajador, en un momento en el que la inflación alcanza niveles inimaginables, que ningún trabajador puede enfrentar con un salario mensual de menos de un dólar, donde este está hoy, rondando los dos millones de bolívares.
Resulta inadmisible, que las autoridades del Estado Venezolano, no tome en consideración las condiciones, en la que el personal de Enfermería desarrolla sus actividades en las diferentes instituciones de salud, exponiendo sus vidas, para garantizar la atención del usuario; prestigiando al MPPS y dando la cara por sus representantes.
La Constitución del Estado Venezolano vigente, establece en su Artículo 91, que el salario devengado por un trabajador, debe estar en concordancia con el costo de la canasta básica, para así garantizar su supervivencia, sin embargo el Ejecutivo Nacional lejos de tomar en consideración lo establecido en la Carta Magna, adjudica un salario mínimo de menos de un dólar, lo que representa 1.800.000 bolívares, cuyo valor no alcanza, ni siquiera para cubrir los gastos de traslado del personal, hacia los centros de trabajo; ESTE PIRRICO AUMENTO!!! Solo constituye una vez más, el poco valor que el Estado le concede a los Profesionales de la Enfermería del pais, quien contra todo riesgo, hacia su vida y su tranquilidad como seres humanos, acuden cada día a los centros hospitalarios, para atender cada día a los usuarios, que demandan sus servicios, situación hoy día altamente comprometida, por la presencia del Covid 19, que está acabando progresivamente con el personal de Enfermería y de Salud en general. Ante esta problemática laboral, EXIGIMOS!!! al Ejecutivo Nacional, la perentoria rectificación, en cuanto al aumento salarial, el cual debe ajustarse a la demandas actuales, para que las Enfermeras (os) puedan satisfacer sus necesidades básicas, como se merecen, por el trabajo realizado.
Por otra parte, RECHAZAMOS CONTUNDENTEMENTE!! el decreto No 2792 que vulnera el derecho que tienen los trabajadores, a organizarse gremialmente para garantizar una relación laboral patrono- trabajador, legal, armónica y considerada por ambas partes.
El Gremio de Enfermería a nivel nacional está consternado, confundido y alarmado,.por la decisión del Ejecutivo Nacional, de llamar a discutir una contratación colectiva con un sindicato, que nunca ha representado, ni representa hoy, los derechos de los Profesionales de la Enfermería. Son sus autoridades legítimas, las que están autorizadas, para establecer las condiciones de trabajo de los Enfermeros del país, en este caso los Colegios y la Federación de Colegios de la Enfermería.
En consecuencia, EXIGIMOS, que la relación de trabajo Enfermeras(os)-Patrono en Venezuela, sea retomada con sus autoridades legítimas y no con un sindicato, que no conoce nuestras necesidades, como trabajadores de la salud.
Seguros estamos que el Ejecutivo Nacional, Regional y Municipal, tomara en consideración nuestros planteamientos, para que el Profesional de la Enfermería Venezolana, reciba lo que en justicia le corresponde por la labor cumplida, en procura de continuar una relación armoniosa y de paz laboral, con las autoridades del Ejecutivo Nacional.
Es nuestra obligación reclamar de forma reiterada, la dotado de equipos de protección personal, para que puedan cumplir sin riesgo sus funciones en las instituciones de salud, así como también la dotación de los insumos necesarios para atender a los usuarios y garantizar así, una atención de salud oportuna, eficaz, eficiente y libre de riesgo, como lo establecen los artículos No 83 y 84 de nuestra Constitución Nacional.
Att:
La Junta Directiva y el Comité Asesor del Colegio de la Enfermería del Estado Zulia.*

















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